PROGRAMA DE CREDITOS DE FONJUCV.
PRÉSTAMO A INTERÉS.

FUNDAMENTO:

Este programa de préstamos está fundamentado en lo establecido en los artículos 82 y 118 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el Artículo 6 de la Ley Orgánica del Trabajo, en los artículos 1745,1746,1747 y 1748 del Código Civil de Venezuela y en lo contemplado en el Acta Constitutiva Estatutaria de la Fundación en cuanto a su objeto e inversiones (artículos 3 y 10). Para los propósitos de su puesta en marcha y operatividad, la Junta Directiva de FONJUCV, en reunión ordinaria de fecha 18/07/08, aprobó el reglamento del Programa de Préstamo a Interés, el cual entra en vigencia a partir de la fecha mencionada.

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL PROGRAMA DE PRESTAMO A INTERÉS. EL SOLICITANTE DEBERÁ TENER MÍNIMO DOS (2) AÑOS COTIZANDO AL FONJUCV.

1. Llenar la planilla de solicitud. Descargar Planilla

2. Fotocopia del último recibo de pago de la UCV correspondiente al mes anterior a la solicitud.

3. Fotocopia de la Cédula de Identidad.

4. Fotocopia de documento que certifique el número de cuenta bancaria donde percibe el sueldo de la UCV (copia de cheque o libreta de ahorro).

5. Relación de Descuentos del IPP-UCV (tanto los domiciliados en su cuenta bancaria como aquellos que son deducidos directamente por nómina. Este documento debe el interesado solicitarlo en el IPP-UCV).

6. Solvencia de préstamos con el IPP-UCV (este documento debe solicitarlo el interesado en el IPP-UCV).

7. Constancia de salario integral, expedida por la Facultad respectiva, que incluya el monto de las remuneraciones anuales que percibe el interesado como profesor de la UCV.

IMPORTANTE:

a) Estos requisitos son NECESARIOS para determinar la capacidad de pago del solicitante, para proceder a la aprobación del crédito.

b) Una vez notificado, bien vía telefónica, y/o correo electrónico, de la aprobación de su solicitud, deberá firmar y retirar, en un plazo máximo de treinta (30) días continuos, contado a partir de dicha notificación, la carta de aprobación de su crédito, en la cual se especifica el monto máximo a otorgar, de acuerdo con el estudio correspondiente hecho al solicitante y al fiador, de ser el caso.

c) A partir de la fecha de firma y retiro de la carta de aprobación en las oficinas de FONJUCV, el solicitante cuenta con un plazo de NOVENTA (90) días continuos para hacer uso del crédito aprobado, En caso de no hacer uso del mismo en el lapso establecido, la solicitud caducará. De ser necesario nuevos recaudos, se le solicitaran en esta ocasión para dar continuidad al proceso.

CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LAS GARANTÍAS

1. PARAMETROS DE MONTO APROBADO Y PLAZO DE FINANCIAMIENTO.

a) Si la garantía es inmobiliaria, con hipoteca convencional de primer grado, el plazo máximo de financiamiento es de 120 meses o 10 años.

b) Si la garantía es una fianza personal o una prenda (vehiculo con antigüedad no mayor a 2 años), el plazo máximo de financiamiento será de 60 meses o 5 años.

ESTOS PLAZOS SERÀN ACORDADOS ENTRE LAS PARTES CONTRATANTES Y DEPENDERÀN, ENTRE OTRAS VARIABLES DE:

a) Calidad de la garantía.
b) Tipo de garantía (fianza personal, prenda, hipotecaria).
c) Edad del solicitante.

2. INGRESOS DEL SOLICITANTE QUE SERÀN AFECTADOS

El único ingreso a tomar en consideración para determinar la capacidad de pago es el salario integral disponible de la UCV. De ese salario, se afectará hasta el 50%, pero podrá llegar al 80%, si el solicitante del préstamo justifica por escrito ante FONJUCV que puede afectar ese porcentaje (demuestra que posee otros ingresos que le permitan subsistencia).

3. EN CUANTO AL TIPO DE GARANTIA Y SU PROCEDENCIA.

Si el solicitante promete garantizar el préstamo concedido por FONJUCV con hipoteca inmobiliaria convencional de primer grado, debe presentar el documento del bien libre de gravámenes, debidamente avaluado, asegurado con pólizas de incendio y vida. En caso de que el bien no sea propio sino de un tercero debe además estar autorizado por escrito por el propietario del inmueble.

Si el solicitante promete garantizar el préstamo concedido por FONJUCV con fianza personal, deberá consignar la documentación que FONJUCV requiera del fiador, para realizar el estudio respectivo y determinar si es apto o no para fungir como garante del monto aprobado al profesor solicitante.

Si el solicitante promete garantizar el préstamo concedido por FONJUCV con una prenda (vehiculo), el mismo no puede tener una antigüedad mayor de dos (2) años, tener titulo de propiedad a nombre del solicitante y estar asegurado con cobertura amplia al menos en un 30% por encima del monto del préstamo aprobado, con la compañía de seguros de su preferencia.

El plazo máximo para hacer uso del crédito es de 90 días, a partir de la recepción de la carta de aprobación o notificación de la aprobación, la que ocurra primero. Vencido este lapso si el solicitante no ha hecho uso del crédito aprobado deberá inscribirse nuevamente y someterse a proceso de nueva aprobación de su solicitud.

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