PROGRAMA DE CREDITOS DE FONJUCV.
PRÉSTAMO A INTERÉS.
FUNDAMENTO:
Este programa de préstamos está
fundamentado en lo establecido en los artículos 82 y
118 de la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela, en el Artículo 6 de la Ley Orgánica
del Trabajo, en los artículos 1745,1746,1747 y 1748 del
Código Civil de Venezuela y en lo contemplado en el Acta
Constitutiva Estatutaria de la Fundación en cuanto a
su objeto e inversiones (artículos 3 y 10). Para los
propósitos de su puesta en marcha y operatividad, la
Junta Directiva de FONJUCV, en reunión ordinaria de fecha
18/07/08, aprobó el reglamento del Programa de Préstamo
a Interés, el cual entra en vigencia a partir de la fecha
mencionada.
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN
EN EL PROGRAMA DE PRESTAMO A INTERÉS. EL SOLICITANTE
DEBERÁ TENER MÍNIMO DOS (2) AÑOS COTIZANDO
AL FONJUCV.
1. Llenar la planilla de solicitud.
Descargar Planilla
2. Fotocopia del último recibo
de pago de la UCV correspondiente al mes anterior a la solicitud.
3. Fotocopia de la Cédula de
Identidad.
4. Fotocopia de documento que certifique
el número de cuenta bancaria donde percibe el sueldo
de la UCV (copia de cheque o libreta de ahorro).
5. Relación de Descuentos del
IPP-UCV (tanto los domiciliados en su cuenta bancaria como aquellos
que son deducidos directamente por nómina. Este documento
debe el interesado solicitarlo en el IPP-UCV).
6. Solvencia de préstamos con
el IPP-UCV (este documento debe solicitarlo el interesado en
el IPP-UCV).
7. Constancia de salario integral,
expedida por la Facultad respectiva, que incluya el monto de
las remuneraciones anuales que percibe el interesado como profesor
de la UCV.
IMPORTANTE:
a) Estos requisitos son NECESARIOS
para determinar la capacidad de pago del solicitante, para proceder
a la aprobación del crédito.
b) Una vez notificado, bien vía
telefónica, y/o correo electrónico, de la aprobación
de su solicitud, deberá firmar y retirar, en un plazo
máximo de treinta (30) días continuos, contado
a partir de dicha notificación, la carta de aprobación
de su crédito, en la cual se especifica el monto máximo
a otorgar, de acuerdo con el estudio correspondiente hecho al
solicitante y al fiador, de ser el caso.
c) A partir de la fecha de firma y
retiro de la carta de aprobación en las oficinas de FONJUCV,
el solicitante cuenta con un plazo de NOVENTA (90) días
continuos para hacer uso del crédito aprobado, En caso
de no hacer uso del mismo en el lapso establecido, la solicitud
caducará. De ser necesario nuevos recaudos, se le solicitaran
en esta ocasión para dar continuidad al proceso.
CONSIDERACIONES
GENERALES SOBRE LAS GARANTÍAS
1. PARAMETROS
DE MONTO APROBADO Y PLAZO DE FINANCIAMIENTO.